domingo, 5 de septiembre de 2010

MARCO LEGAL

Para abrir una empresa se necesita:

Protocolizar la escritura constitutiva ante el notario público, la cual debe contener:
1.    Los nombres, nacionalidad y domicilio de las personas físicas que constituyen la sociedad.
2.    El objeto de la sociedad.
3.    Su razón social o denominación.
4.    Su duración.
5.    El importe del capital social.
6.    La expresión de los que cada socio aporte en dinero o en otros bienes, el valor atribuido a éstos y el criterio seguido para su valorización.
7.    El domicilio de la sociedad.
8.    La manera conforme a la cual se haya de administrar la sociedad y las facultades de los administradores.
9.    El nombramiento de los administradores y la designación de los que han de llevar la firma social.
10. La manera de hacer la distribución de las utilidades y pérdidas entre los miembros de la sociedad.
11. El importe del fondo de reserva.
12. Los casos en la sociedad haya de disolver anticipadamente.
13. Las bases para practicar la liquidación de la sociedad y el modo de proceder a la elección de los liquidadores, cuando no se hayan designado anticipadamente.
14. Formulario de inscripción en el Registro Único Tributario RUT.
15. Registrarnos como régimen común y agente retenedor.

Además debemos llevar:

1.    Contabilidad: los libros principales que se requieren:
-       Libro de Caja Diario.
-       Libro Mayor y Balance.
-       Libro inventario.

2.    Expedir comprobantes que acrediten los ingresos por actividades empresariales y los gastos realizados por la actividad económica desarrollada.

3.    Realizaremos los inventarios por el método UEPS (últimas en entrar, primeras en salir, desde el inicio de nuestra empresa, por los beneficios fiscales de llevar costo a precios más altos.

4.    Control de inventarios perpetuos.

5.    Conservar la contabilidad y los comprobantes de acuerdo con los requisitos ya establecidos por la DIAN.

6.    Presentación de la declaración de Renta anual, declaración bimensual de IVA y declaración mensual de retención en la fuente, en los correspondientes formatos establecidos por la DIAN.

7.    Presentación mensual de informes financieros.

8.    Informe anual de gestión.




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